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Protocolo y medidas para la igualdad y la no discriminación de las personas LGTBIQ+

Acompañamos el diseño, la negociación y la puesta en marcha del conjunto planificado de medidas y del protocolo frente al acoso y la violencia contra las personas LGTBI que exige el Real Decreto 1026/2024, y llevamos el mismo trabajo a organizaciones de Argentina y de la región con su marco propio.

Protocolo · Igualdad y no discriminación LGTBIQ+

Para quién es

Para organizaciones que quieren cumplir con la norma y también transformar lo que pasa en el día a día de las personas LGTBIQ+ que trabajan en ellas.

Empresas de España de más de cincuenta personas trabajadoras, que deben contar con un conjunto planificado de medidas y recursos, negociado con la representación legal, que incluya un protocolo frente al acoso y la violencia

Empresas de menos de cincuenta personas que quieren adelantarse y ordenar su política de diversidad sexual y de género

Áreas de personas que reciben solicitudes de cambio de nombre o de acompañamiento de una transición y no saben qué circuito seguir

Organizaciones de Argentina y de la región que buscan alinear sus políticas con la Ley de Identidad de Género y con el cupo laboral travesti trans

Cómo trabajamos

Combinamos diagnóstico, redacción conjunta y formación, porque una medida escrita sin que nadie sepa aplicarla no cambia la experiencia de las personas.

Diagnóstico de situación

Revisamos cláusulas, formularios, beneficios, licencias, comunicaciones y datos disponibles, y escuchamos a personas LGTBIQ+ de la organización, siempre con confidencialidad, para saber desde dónde se parte.

Redacción de las medidas planificadas

Escribimos con la comisión negociadora cada uno de los contenidos mínimos del Real Decreto 1026/2024, con campos de decisión para que la organización adapte plazos, responsables e indicadores.

Protocolo frente al acoso y la violencia

Procedimiento específico para las personas LGTBI, con atención a la expresión de género, a las características sexuales y a la privacidad de quien denuncia.

Formación y sensibilización

Talleres para la dirección, el área de personas y la plantilla, con lenguaje, familias diversas, procesos de transición y qué hacer ante un comentario discriminatorio.

Marco normativo

El Real Decreto 1026/2024 fija plazos para constituir la comisión negociadora y para aprobar las medidas, y esos plazos cambian según exista o no convenio colectivo o representación legal. Los revisamos en cada caso con el texto oficial.

Ley 4/2023, artículo 15

Establece que las empresas de más de cincuenta personas trabajadoras deben contar con un conjunto planificado de medidas y recursos para alcanzar la igualdad y la no discriminación de las personas LGTBI, con un protocolo frente al acoso y la violencia.

Real Decreto 1026/2024, de 8 de octubre

Desarrolla esa obligación, en vigor desde el 10 de octubre de 2024, y fija en su anexo I los contenidos mínimos de las medidas y en su anexo II los del protocolo.

Contenidos mínimos de las medidas

Incluyen cláusulas de igualdad de trato y no discriminación, medidas en el acceso al empleo, criterios de clasificación, promoción y formación, y formación, sensibilización y lenguaje, entre otros.

Negociación colectiva

Las medidas se acuerdan con la representación legal de las personas trabajadoras, por lo que el trabajo es participativo desde el primer día.

Argentina, Leyes 26.743, 26.618 y 27.636

Identidad de género, matrimonio igualitario y promoción del acceso al empleo formal de personas travestis, transexuales y transgénero, con el cupo del sector público. Se complementan con la Ley 23.592 antidiscriminatoria.

Lo que suma DEIBme

Trabajamos con personas del colectivo en el equipo de especialistas y con herramientas pensadas para sostener el proceso.

Facilitación con experiencia vivida y formación académica

Las sesiones las conducen personas LGTBIQ+ del equipo DEIBme, con formación en género y derechos humanos.

Espacio colaborativo para negociar las medidas

La empresa y la representación legal trabajan sobre un mismo borrador, con comentarios, versiones y aprobaciones registradas.

Pre-Diagnóstico gratuito como punto de partida

Antes de contratar nada, la organización puede hacer el Pre-Diagnóstico DEIB, que mira diversidad sexual y de género junto con otras dimensiones, y devuelve un primer mapa.

Encuesta anónima con lectura segura

Las encuestas respetan un mínimo de respuestas por corte, de modo que nadie queda identificable en organizaciones chicas.

Qué se lleva la organización

Documentos que se pueden presentar a la comisión negociadora y a la autoridad laboral cuando corresponda.

Borrador de las medidas planificadas con los contenidos mínimos del Real Decreto 1026/2024 y campos de decisión resueltos con la comisión

Protocolo frente al acoso y la violencia contra las personas LGTBI, con procedimiento, anexos y esquema en una página

Circuito de acompañamiento a procesos de transición y cambio de nombre en sistemas, credenciales y comunicaciones

Guía de lenguaje y comunicación interna

Indicadores para el seguimiento anual

Cómo empieza

01. Escucha inicial

Hablamos con el área de personas y con la representación legal sobre el momento de la organización y el estado de la negociación.

02. Diagnóstico

Revisamos documentos y escuchamos a las personas LGTBIQ+ que quieran participar.

03. Redacción y negociación

Escribimos con la comisión, y acompañamos las reuniones de negociación cuando lo piden.

04. Formación y seguimiento

Formamos a la plantilla y a quienes tramitan, y revisamos indicadores a los doce meses.

Preguntas frecuentes

¿Mi empresa está obligada?

Si tiene más de cincuenta personas trabajadoras en España, sí. En la página dedicada a esta obligación explicamos cómo se cuenta la plantilla.

¿Hace falta que haya personas LGTBIQ+ visibles en la empresa para que tenga sentido?

No, porque la obligación y la política no dependen de que alguien lo haya dicho. De hecho, muchas personas no lo cuentan justamente porque no ven garantías.

¿Cómo se cuida la privacidad?

El protocolo deja escrito qué información se registra, quién accede y que ningún dato sobre orientación, identidad o salud circula fuera del circuito acordado.

¿Se puede aplicar fuera de España?

Sí, adaptamos el marco a Argentina y a otros países de la región, donde las leyes son distintas pero el trabajo de fondo es el mismo.

¿Es asesoramiento jurídico?

No, acompañamos la elaboración técnica y participativa. La validación jurídica corresponde a la asesoría legal de cada organización.

Para seguir leyendo

¿Mi empresa está obligada? Medidas LGTBI en España

Medidas y protocolo LGTBI en España

Formación LGBTIQ+ para organizaciones

Fuentes

Consultado el 2 de noviembre de 2026

Real Decreto 1026/2024, de 8 de octubre

BOE del 9 de octubre de 2024.

Ley 4/2023, de 28 de febrero

Texto consolidado en boe.es.

Leyes 26.743, 26.618, 27.636 y 23.592 de Argentina

Texto en infoleg.gob.ar.

Contenido divulgativo sobre nuestro ámbito de trabajo y nuestra trayectoria en diversidad, equidad, inclusión y pertenencia. No constituye oferta de servicios ni asesoramiento jurídico.

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